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Aplica SAT IVA de 16 por ciento al consumo de alimentos en tiendas de conveniencia

TIJUANA.-El Servicio de Administración Tributaria, publicó una nueva regla que obligará a contribuyentes a pagar el 16 por ciento de IVA por en la compra de alimentos listos para su consumo José Miguel García, coordinador de la Comisión Fiscal Asociación Mexicana de Contadores Públicos, informó que la regla 5114 del SAT publicada en el Diario Oficial el pasado 16 de Junio, establece que se consideran alimentos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento que se enajenen y en consecuencia están sujetos al 16 por ciento de IVA, aquellos que resulten de la combinación de aquellos productos que por si solos o su destino ordinario, pueden ser consumidos sin necesidad de someterse a otro proceso de elaboración adicional”. Precisó que la norma considera que entran dentro de esta categoría, productos como sándwiches, emparedados, tortas, lonches…gorditas, quesadillas, flautas, burritos.., pizas, o incluso los denominados cuernitos”. Esta norma es aplicable en la enajenación de los productos antes mencionados, en las denominadas tiendas de convivencia o de cercanía, minisúper, tiendas de autoservicio, o en general, cualquier establecimiento”, señaló.
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