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EL IETU NO COMPLIO CON LAS METAS DE RECAUDACIÓN, DEBE DESAPARECER

El Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) debe ser eliminado porque no cumplió con las metas de recaudación y representa una alta complejidad administrativa para las empresas, demandó Mario Zavala Téllez, presidente del Colegio de Contadores Públicos de Baja California (CCPBC).

Con la supresión del IETU, se genera la necesidad de contar con un impuesto mínimo para asegurar que la Hacienda Pública pueda recaudar, aun cuando no se genere la obligación de pago del ISR con motivo de la realización de actividades empresariales, añadió.

Urge también que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) extienda los beneficios fiscales con los que actualmente cuanta el sector maquilador en Materia del ISR y del IETU porque de lo contrario a partir del 2012 este sector quedaría fuera de los márgenes de competitividad y por lo consiguiente se daría una salida de maquilas del país.

Mario Zavala consideró que el IETU deberá eliminarse porque ha sido inhibidor y un fracaso en recaudación, pues de los tres puntos del PIB que se dijo que recaudaría apenas ha logrado 0.3 puntos.

Recordó que cuando el Congreso aprobó el IETU convino que en 2011 tendría que revisarse y aunque es difícil que se elimine porque hacerlo implicaría reconocer que se equivocaron, es de esperar que o el Congreso o el Internal Revenue Service (IRS) de Estados Unidos sean determinantes para que se haga.

“Para que México pueda enfrentar sus obligaciones de gasto, es urgente alcanzar niveles de recaudación de entre 16 y 18 por ciento del PIB, ya que a pesar de las modificaciones fiscales anuales, históricamente no hemos logrado sobrepasar niveles de 10 por ciento”.

En cuanto al Dictamen Fiscal, Zavala Téllez, consideró que puede ser un medio para que la empresas que se dictaminen no tengan las restricciones de los depósitos bancarios en dólares y no las obliguen a tener corresponsalías bancarias, esto de puede lograr mediante la solicitud de información adicional en los anexos del propio dictamen fiscal por parte de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico.

Mencionó que los contribuyentes deben decidir si se acogerán a la facilidad de presentar o no dictamen fiscal, dado que el plazo para que efectúen su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2010 vence el 31 de marzo.

Aclaró que los contribuyentes que no tienen opción de no presentar el dictamen fiscal de 2010 son los siguientes: Donatarias autorizadas, entidades que participen en una fusión o escisión, entidades federales, entidades residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país y las sociedades controladoras o controladas que consoliden para efectos fiscales.
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