El presidente de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión,
Ricardo Anaya Cortés, emitió la declaratoria de constitucionalidad de la
reforma político-electoral y la turnó al Ejecutivo para su
promulgación.
Durante la sesión de hoy, Anaya Cortés dio a
conocer al pleno, que la reforma fue avalada por 18 Congresos
estatales: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Colima,
Coahuila, Durango, Guanajuato y Jalisco.
Además del Estado de México, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas.
La
reforma se turnó al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario
Oficial de la Federación. Por su parte, el Congreso de la Unión deberá
elaborar las leyes reglamentarias a más tardar el 30 de abril de 2014.
Dicha
reforma, fue aprobada por el Senado de la República el pasado 4 de
diciembre y dos días después, el 6 de diciembre, la Cámara de Diputados
la modificó y la devolvió a los senadores.
El pasado 13 de
diciembre, los senadores aprobaron las modificaciones a la minuta
hechas por los diputados y la enviaron a las legislaturas locales para
su eventual ratificación.
Entre otras cosas, la propuesta
crea el Instituto Nacional Electoral (INE) en sustitución del Instituto
Federal Electoral (IFE), instancia que podrá nombrar y remover a los
consejeros de los institutos locales y fiscalizará los ingresos y
egresos de todos los partidos y todas las campañas en el país.
Asimismo,
establece la posibilidad de reelección consecutiva para senadores hasta
por dos periodos consecutivos y de los diputados federales hasta por
cuatro periodos consecutivos, ambos se aplicarán a los legisladores
electos en 2018.
Las entidades federativas y el Distrito
Federal podrán establecer la elección consecutiva para legisladores,
presidentes municipales, regidores y síndicos, hasta por un periodo
extra.
La postulación sólo será por el mismo partido o
alguno que lo haya postulado, o por la vía independiente, si así fue
electo la primera vez.
La reforma transforma a la
Procuraduría General de la República (PGR) en una Fiscalía General de la
República autónoma, conformada por la fiscalía anticorrupción y la de
delitos electorales.
Además, aumenta a tres por ciento el
mínimo de los votos necesarios para mantener el registro como partido
político nacional o estatal y eleva a rango constitucional la equidad de
género en candidaturas.
También establece causas de
nulidad de una elección federal o local cuando se exceda el gasto de
campaña en un 5.0 por ciento del monto total autorizado, por utilización
de recursos de procedencia ilícita, desvío de recursos públicos o la
compra de cobertura informativa o de tiempos en radio y televisión,
fuera de los supuestos previsto en la ley.
En caso de
nulidad de la elección, se convocará a una elección extraordinaria, en
la que no podrá participar la persona sancionada.
Con las
modificaciones se cambia la fecha en la que el Presidente de la
República electo tomará protesta al 1 de octubre, en lugar del 1 de
diciembre, y se fija al primer domingo de junio como la nueva fecha para
las elecciones federales y locales, salvo las de 2018, las cuales se
realizarán el primer domingo de julio.
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DECLARAN CONSTITUCIONALIDAD DE REFORMA POLITICO ELECTORAL
Posted by TERCER SISTEMA
Posted on 9:58
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