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APRUEBA EL CONGRESO DEL ESTADO LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE TIJUANA

También se aprobó sin incrementos la Ley de Valores Catastrales, base del Impuesto Predial

Mexicali, B.C. miércoles 21 de noviembre de 2012.- El Pleno del Congreso del Estado aprobó la iniciativa de Ley de Ingresos que envió el Municipio de Tijuana, así como la Tabla de Valores Catastrales, base del Impuesto Predial, la cual no contempla incrementos.

El proyecto de Ley de Ingresos y la Tabla de Valores para el ejercicio fiscal de 2013, que remitió a esta Soberanía el Secretario de Gobierno Municipal del XX Ayuntamiento de Tijuana, Alcides Roberto Beltrones Rivera, fue aprobado con la abstención del Diputado Carlos Murguía Mejía y con una reserva en particular.

La reserva del dictamen 191 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, que fue leído en Tribuna por la Presidenta de este órgano técnico, Diputada Rosana Soto Agüero, consiste en no cobrarles el impuesto a los organismos civiles que luchan contra el cáncer, cuando realicen eventos públicos para allegarse recursos.

Aunque el texto original de la Ley de Ingresos recibió algunas modificaciones al ser analizado en el seno de la Comisión de Hacienda y Presupuesto del Congreso local, se dictaminó como viable y en ese sentido fue sometido al debate parlamentario ante el Pleno de la Asamblea, para que finalmente se aprobara por mayoría.

Entre las modificaciones sufridas se encuentra el contenido del Artículo 28, relativo a los servicios que presta la Dirección Municipal de Salud, a efecto de eliminar la fracción V “Internado por día en hospital psiquiátrico de 1.50 veces” y recorrer el numeral de las fracciones de la VI a la VIII por los numerales V a la VII; toda vez que, en la Iniciativa de Ley de Ingresos, se tacha el contenido de la citada fracción, por no existir hospital psiquiátrico en la ciudad Tijuana.

En relación al Artículo 35, fracción XX, que regula la prestación de servicios públicos por parte de la Dirección de Administración Urbana, la citada Comisión modificó el texto relativo a “metros cúbicos”, por la abreviatura “m³”, con el fin de uniformar el contenido de la Ley sobre este particular, toda vez que el resto del cuerpo de la Iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de Tijuana, Baja California para el ejercicio fiscal de 2013, se prevé la abreviatura “m³”, cuando se hace referencia a metros cúbicos.



TABLA DE VALORES

Por lo que hace a la Tabla de Valores, que fue aprobada con el dictamen 192 de la misma Comisión Legislativa, misma que con el propósito de normar su criterio, solicitó al Órgano de Fiscalización Superior del Estado su opinión respecto a la Iniciativa en mención y este, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 100 de la Ley de Fiscalización Superior de los Recursos Públicos para el Estado de Baja California y sus Municipios, emitió su opinión en términos de procedencia.
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